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DOCUMENTO DE APOYO PARA DOCENTES Puntaje Anual Docente 2015

DOCUMENTO DE APOYO PARA DOCENTES Puntaje Anual Docente 2015
La Plata, 11 de mayo de 2015
Consideraciones generales:
(Preguntas frecuentes)
¿Quiénes están en condiciones estatutarias de obtener PAD 2015?
Todos los docentes titulares de las instituciones educativas de gestión estatal
de la Provincia de Buenos Aires, designados hasta el ciclo lectivo 2012
(incluidos también los titulares interinos del año mencionado).
Para tener en cuenta:
Los docentes reubicados en la ESB procedentes del tercer ciclo de la ex EGB
deberán consignar datos de procedencia.
Sólo los docentes que reubicaron horas de la ex media en módulos de ex -
EGB en el lapso 1-3-1995 a 28-2-1998 conservan los valores de los
antecedentes de títulos y cursos de procedencia de la ex – media.
Los docentes reubicados en la ESB procedentes de la ex EGB conservan el
valor de los antecedentes de procedencia en el ítem cargo jerárquico hasta el
1-3-05. A partir del 1-3-2005 corresponde deslindar el referido desempeño
según la opción de continuidad jerárquica en Educación Primaria o en
Educación Secundaria.
A partir de la sanción de la LEY 13688, los profesores de Educación
Secundaria computan en el ítem antigüedad para puntaje el desempeño
acreditado en el cargo de PF del tercer ciclo de la ex - EGB, ex - ESB y ex –
Polimodal
Los Docentes Titulares de Secundarias conformadas, están e n su res-
¿Cómo consulto mi PAD 2015?
En forma particular por la página Web oficial:
servicios2.abc.gov.ar/servaddo/puntaje.anual.docente/ donde accederá a la
oblea del Puntaje Anual, tanto por DNI como por servicio educativo donde se
desempeña.
pectiva conformación.
¿Cómo me notifico del PAD 2015?
Debo notificarme fehacientemente en las instituciones educativas donde me
desempeño como TITULAR.
¿Cómo accede cada servicio educativo al listado WEBPAD 2015?
El Jerárquico ingresará en la página Web oficial:
servicios2.abc.gov.ar/servaddo/puntaje.anual.docente/ esta información
estará visible para su impresión, a partir del 11 de mayo de 2015 y donde
accederá por servicio educativo utilizando una ves listado la opción “imprimir”.
¿Cómo manifiesto mi disconformidad con el puntaje asignado?
Expresando la disconformidad con firma en el listado, ante las autoridades de
los establecimientos donde soy titular y presentando en la escuela el reclamo
de PAD 2015, en el lapso de 10 días hábiles establecidos para la notificación.
No se aceptarán reclamos fuera de término.
¿Cómo presento mi reclamo de PAD 2015?
COMPLETAR EL FORMULARIO DE RECLAMO PAD 2015 (ANEXO I)
disponible en www.abc.gov.ar, link Puntaje Anual Docente, Documentos
de Descarga “Formulario de reclamo de PAD 2015 para docentes”.
Es muy importante completar los datos requeridos en el formulario y
declarar en los casilleros diseñados a tal efecto si realizó Ingreso a la
Docencia 2014/15.
Cada docente confeccionará un formulario de reclamo por cada cargo,
módulos u horas titular de cada servicio educativo que reclame.
IMPORTANTE: ES IMPRESCINDIBLE QUE EN EL FORMULARIO DE
RECLAMO DE PAD 2015 ANEXO I COMPLETE TODOS LOS DATOS
SOLICITADOS ESTO VIABILIZARÁ LA RESPUESTA AL RECLAMO.
Se eleva el reclamo por Distrito, por la Institución Educativa de mayor carga
horaria o cargos y se deja constancia en cada Servicio del que es titular por
qué escuela lo presenta.
IMPORTANTE: Se solicita a los docentes de Educación Secundaria que
consignen de forma precisa la denominación curricular de la o las
asignatura/s, código y carga horaria con situación de revista titular, en el
casillero específico diseñado a tal efecto en el formulario de reclamo de
PAD 2015 Anexo 1. Sin esta información no se podrá generar el PAD 2015.
Fórmula para obtener el puntaje anual docente
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 51)
(Habilitante + Bonificantes + Cargo jerárquico + Antigüedad para puntaje) x
promedio de calificaciones = Puntaje Anual Docente.
Importante: En el PAD 2015 se considera la antigüedad para puntaje al
1/1/2015; y en el promedio de calificaciones se promedian todas las
calificaciones obtenidas como titular en el cargo que reclama desde el
ciclo lectivo en el que fue designado hasta la del año 2013 incluido. (Promedia
la calificación obtenida como interino)
¿Qué documentación se presenta en el reclamo de PAD 20145?
A ) SI REALIZÓ INGRESO A LA DOCENCIA 2014/2015, ADJUNTAR AL
ANEXO 1, UN ÚNICO LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN PROBATORIA
CONFORME AL ITEM QUE RECLAMA SEGÚN LAS CONSIDERACIONES
CONTENIDAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO DE APOYO BAJO EL
TÍTULO “DOCUMENTACIÓN A ANEXAR” .
B) SI NO REALIZÓ INGRESO A LA DOCENCIA 2014/2015, ADJUNTAR AL
ANEXO 1, UN ÚNICO LEGAJO DE DOCUMENTACIÓN PROBATORIA DE
TODOS LOS ITEMS. ESTA ACCIÓN PERMITIRÁ JUNTO A UN TRABAJO
INTERNO DE GESTIÓN CON LOS TIBUNALES DESCENTRALIZADOS,
ACTUALIZAR LOS DATOS DEL SERVADO.
DOCUMENTACIÓN A ANEXAR
1. Respuesta de Reclamo PAD 2015 SI CORRESPONDIERE
2. De acuerdo al ítem reclamado:
a. Título Habilitante
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A.1 y Artículo 60 inciso
A)
Fotocopia autenticada del título (anverso y reverso) en el cual conste
claramente la fecha de registro en la DGCyE. Para el PAD 2015 sólo se
consideran títulos registrados hasta el 30-9-2014.
b. Títulos y cursos bonificantes
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 2 y 3; y Artículo 60
inciso H)
Se consideran “bonificantes” a los cursos y, a aquellos títulos que no hayan
sido utilizados como habilitante para el cargo en el que se reclama.
Se acreditan mediante fotocopias autenticadas (anverso y reverso) en las
cuales conste claramente la fecha de registro en la DGCyE. Para el PAD 2015
sólo se consideran las constancias registradas hasta el 30-9-2014.
c. Cargo jerárquico
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 4)
Se deberá acreditar el desempeño en cargo jerárquico mediante copias
autenticadas de las disposiciones pertinentes, (inicio y limitación).
En el caso de no contar con el acto administrativo de limitación de las funciones
jerárquicas transitorias, se adjuntará una constancia firmada por autoridad
competente (Inspector/a de Área, Inspector/a Jefe Distrital o Regional) que
especifique la continuidad o la limitación de la función. La misma debe indicar
Dirección de Educación, distrito, cargo, establecimiento, fechas de iniciación y
cese o continuación de cada prestación en cargo jerárquico por año.
Importante: Sólo se asigna valor por desempeño en ciclo lectivo completo
de cargo jerárquico (marzo- diciembre).
Para el PAD 2015 se considera el desempeño jerárquico hasta el 31-12-2014.
Se valora el desempeño en la Dirección de Enseñanza respectiva y hasta
un máximo de 10 años.
d. Antigüedad para puntaje
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. B y Artículo 53; y
Resoluciones 11791/99, 4607/98 y 1277/99)
Los servicios suplentes y/o provisionales desempeñados en establecimientos
de gestión estatal de la Provincia de Buenos Aires, se acreditan mediante la
presentación de un Formulario 354 (disponible en www.abc.gov.ar link Puntaje
Anual Docente, del SERVADO) en el cual conste el desempeño docente año
por año y institución educativa, avalado por autoridad competente.
El desempeño docente de la DIPREGEP se debe acreditar mediante
Formulario CEC 15, homologado por la DIPREGEP (Fotocopia autenticada)
El desempeño docente del orden ex - nacional en jurisdicción territorial de la
Provincia de Buenos Aires (Transferido), se debe acreditar mediante certificado
del establecimiento certificado por autoridad competente. (Fotocopia
autenticada)
En la antigüedad para puntaje sólo se considera desempeño docente en el
mismo cargo módulos y horas y Dirección de Educación del cargo titular
.Cuando un docente reviste en más de un cargo, módulos y/u horas cátedra
será clasificado independientemente en cada uno de ellos.
Los cargos se clasifican independientemente, por lo tanto los servicios que
conforman la antigüedad para puntaje de un cargo, módulos u horas NO
pueden ser utilizados en la composición de la antigüedad para puntaje de un
segundo cargo, módulos u horas de la misma Dirección de Educación
Importante: la Antigüedad para puntaje no es la misma que la antigüedad
que se percibe como bonificación salarial (en el COULI), porque: No se
computan en la antigüedad para puntaje.
Los servicios del orden ex - nacional en jurisdicción territorial de otras
provincias o ex –Capital Federal; tampoco Servicios Municipales ni de
Universidades.
e. Promedio de Calificaciones
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. C)
Para el PAD 2015, se promedian todas las calificaciones obtenidas como titular
en el cargo, módulos u horas del nivel y/o modalidad que reclama hasta la del
año 2013 incluido. (Promedia la calificación obtenida como interino)
Quienes reclamen dicho ítem deberán adjuntar copias autenticadas de la
planilla resumen de calificación anual docente de la escuela o set 4, de los
años que corresponda.
Los docentes que soliciten ser incorporados en el Listado de PAD 2015
además de la documentación requerida en los puntos anteriores adjuntarán:
copia o número de la RESOLUCIÓN de confirmación y destino definitivo como
titular, y /o acrecentamiento; o en su defecto la copia o número de
RESOLUCIÓN de designación como titular interino, o copia autenticada del
acta de Designación titular interino labrada oportunamente por la Secretaría de
Asuntos Docentes. Es muy importante que en cualquiera de los documentos
probatorios que se presenten sobre este asunto, conste a partir de qué ciclo
lectivo fue designado titular interino
Los docentes designados titulares en el marco de la LEY 12609 fueron
designados a partir del curso escolar 2001 o 2002, por lo tanto es necesario
especificar el año de designación."

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EJEMPLO DE OBLEA DOCENTE

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DECLARACION JURADA LISTADO FINES 3

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